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dc.contributor.authorSuprema Corte de Justicia de la Nación
dc.date.accessioned2016-01-25T16:41:48Z
dc.date.available2016-01-25T16:41:48Z
dc.date.issued1975-07-31
dc.identifier.urihttp://observatoriocultural.udgvirtual.udg.mx/repositorio/handle/123456789/366
dc.description.abstractAnimados por el deseo de asegurar en todos los países la protección del derecho deautor sobre las obras literarias, científicas y artísticas,Convencidos de que un régimen de protección de los derechos de autor adecuado atodas las naciones y formulado en una convención universal, que se una a los sistemasinternacionales vigentes sin afectarlos, contribuirá a asegurar el respeto de los derechosde la personalidad humana y a favorecer el desarrollo de las letras, las cienciasy las artes,Persuadidos de que tal régimen universal de protección de los derechos de los autoresfacilitará la difusión de las obras del espíritu y una mejor comprensión internacional,Han resuelto revisar la Convención Universal sobre Derecho de Autor firmada en Ginebrael 6 de septiembre de 1952 (denominada de ahora en adelante como "la Convención de 1952).es_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherhttps://www.scjn.gob.mx/libro/InstrumentosConvencion/PAG0251.pdfes_MX
dc.subjectConvención, tratadoes_MX
dc.titleConvención Universal sobre Derechos de Autores_MX
dc.title.alternativeTratado Internacionales_MX
dc.typeOtheres_MX


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