dc.description.abstract | Animados por el deseo de asegurar en todos los países la protección del derecho deautor sobre las obras literarias, científicas y artísticas,Convencidos de que un régimen de protección de los derechos de autor adecuado atodas las naciones y formulado en una convención universal, que se una a los sistemasinternacionales vigentes sin afectarlos, contribuirá a asegurar el respeto de los derechosde la personalidad humana y a favorecer el desarrollo de las letras, las cienciasy las artes,Persuadidos de que tal régimen universal de protección de los derechos de los autoresfacilitará la difusión de las obras del espíritu y una mejor comprensión internacional,Han resuelto revisar la Convención Universal sobre Derecho de Autor firmada en Ginebrael 6 de septiembre de 1952 (denominada de ahora en adelante como "la Convención de 1952). | es_MX |